ERE y Cierre de Empresa 2026
Si tu empresa cierra o presenta un Expediente de Regulación de Empleo, te corresponden 20 días de salario por año trabajado, con tope de 12 mensualidades. La cantidad es la misma que en un despido por causas objetivas.
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Para calcular vacaciones proporcionales
Días del mes de baja
Total bruto
11.394 €
Neto estimado
11.052 €
Indemnización
7315 €
Días indemniz.
100
Desglose del cálculo
| Vacaciones no disfrutadas | 1113 € |
| Parte proporcional pagas extra | 1854 € |
| Salario días pendientes | 1113 € |
| Indemnización | 7315 € |
| Total bruto | 11.394 € |
✓ Buenas noticias: Tu indemnización está exenta de IRPF (hasta 180.000 €). Solo pagarás IRPF sobre las partes proporcionales (vacaciones, pagas y salario pendiente).
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Ver análisis detallado para 5 años y cierre empresa →¿Qué es un ERE?
Un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un procedimiento que siguen las empresas cuando necesitan extinguir contratos de múltiples trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (ETOP). También se aplica en caso de cierre definitivo de la empresa.
Causas económicas
Pérdidas económicas acreditadas, disminución de ingresos, imposibilidad de obtener financiación, etc.
Causas técnicas
Cambios en los medios de producción, automatización, obsolescencia tecnológica.
Causas organizativas
Reestructuración de plantilla, cambios en métodos de trabajo, reubicación de centros.
Causas de producción
Cambios en la demanda, pérdida de clientes, cancelación de contratos importantes.
¿Qué incluye el finiquito?
El finiquito por ERE incluye lo mismo que cualquier extinción de contrato: indemnización legal, partes proporcionales y salario pendiente.
Indemnización
20 días de salario por cada año trabajado. Tope máximo: 12 mensualidades (360 días).
Vacaciones pendientes
Días de vacaciones del año en curso no disfrutados, calculados proporcionalmente.
Pagas extra proporcionales
Parte de las pagas de verano y Navidad devengadas desde la última paga cobrada.
Salario del mes
Días trabajados del mes de la extinción que aún no te hayan pagado.
El periodo de consultas
El ERE no es inmediato. La empresa debe abrir un periodo de consultas con los representantes de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal) antes de ejecutar ningún despido.
| Tamaño de la empresa | Duración mínima |
|---|---|
| Menos de 150 trabajadores | 15 días naturales |
| 150 o más trabajadores | 30 días naturales |
Importante: Durante el periodo de consultas se negocian medidas para reducir el impacto: recolocaciones, prejubilaciones, bajas incentivadas, etc. No todos los ERE acaban en despidos masivos.
Prioridad de permanencia
Si el ERE afecta a varios trabajadores del mismo grupo profesional, no todos salen a la vez. Hay criterios de prioridad para quedarse:
1. Discapacidad ≥ 33%
Los trabajadores con discapacidad igual o superior al 33% tienen prioridad absoluta para seguir en la empresa.
2. Representantes legales
Los miembros del comité de empresa o delegados de personal que no tengan mandato específico de los afectados tienen prioridad.
3. Familias numerosas
Padres o madres de familia numeraria tienen prioridad, siempre que el otro progenitor no esté ya incluido en el ERE.
Si no aplica ninguna de estas prioridades, se valora: años de servicio, carga familiar, edad (mayores de 55 años), y si hay dos o más hijos a cargo.
Ejemplos de cálculo
Caso: 5 años de antigüedad
Salario: 26.700 €/año (1.900 €/mes)
Caso: 10 años de antigüedad
Salario: 26.700 €/año (1.900 €/mes)
Indemnización según salario (10 años)
| Salario anual | Días indemnización | Importe bruto |
|---|---|---|
Salario mínimo 1.500 €/mes | 200 días | 9863 € |
Salario medio-bajo 1.833 €/mes | 200 días | 12.055 € |
Salario medio España 2.225 €/mes | 200 días | 14.630 € |
Salario medio-alto 2.917 €/mes | 200 días | 19.178 € |
Salario alto 3.750 €/mes | 200 días | 24.658 € |
El tope de 12 mensualidades
La indemnización por ERE tiene un límite máximo: 12 mensualidades, que equivalen a 360 días de salario. Esto significa que con 18 años de antigüedad ya has alcanzado el tope.
¿Cuándo alcanzo el tope?
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cobro en un ERE o cierre de empresa en 2026?
La indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con tope de 12 mensualidades (360 días). Es la misma cantidad que en un despido procedente por causas objetivas. Por ejemplo, con 10 años de antigüedad y 26.700€ brutos/año, corresponden 200 días: unos 14.600€ en indemnización, exentos de IRPF.
¿Qué diferencia hay entre un ERE y un despido individual?
El ERE (Expediente de Regulación de Empleo) afecta a múltiples trabajadores por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Requiere negociación con los representantes de los trabajadores durante un periodo de consultas (15-30 días). El despido individual afecta a una sola persona y no requiere este trámite colectivo. La indemnización es la misma: 20 días/año.
¿En qué casos aplica la prioridad de permanencia?
Tienen prioridad para quedarse en la empresa: trabajadores con discapacidad igual o superior al 33%, representantes legales de los trabajadores que no tengan mandato específico de los afectados, y trabajadores que sean padres o madres de familias numerosas (a menos que el otro progenitor ya esté incluido en el ERE). También se valora la carga familiar y los años de servicio.
¿Cuánto dura el periodo de consultas de un ERE?
El periodo de consultas dura como mínimo 15 días naturales en empresas de menos de 150 trabajadores, y 30 días naturales en empresas de 150 o más trabajadores. Durante este tiempo la empresa y los representantes de los trabajadores negocian medidas para reducir el impacto del expediente.
¿Pueden echarme en un ERE si soy fijo discontinuo?
Sí, los trabajadores fijos discontinos pueden ser incluidos en un ERE si la empresa acredita causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Su indemnización se calcula igual: 20 días/año. Sin embargo, si el contrato no está en período de actividad, el despido no se ejecuta hasta que se reanude la actividad.
¿La indemnización por ERE tributa en el IRPF?
No. Al igual que otras indemnizaciones por extinción de contrato, la del ERE está exenta de IRPF hasta 180.000€. Solo tributan las partes proporcionales del finiquito: vacaciones no disfrutadas, pagas extra devengadas y salario del mes en curso.
¿Cuándo me tienen que pagar la indemnización del ERE?
La fecha de pago se establece en el acuerdo del ERE o en la resolución de la autoridad laboral si no hay acuerdo. Normalmente se paga en el plazo de 15 días desde la extinción del contrato. Si la empresa incumple, se pueden embargar sus cuentas bancarias.
¿Puedo rechazar el ERE y seguir trabajando?
No. Una vez aprobado el ERE (por acuerdo entre las partes o resolución de la autoridad laboral), las extinciones son efectivas. Lo único que puedes hacer es impugnar el ERE ante la jurisdicción social si consideras que no se han respetado los procedimientos legales o que las causas no están acreditadas.
Enlaces útiles
Datos clave
¿ERE o cierre?
ERE: La empresa continúa operando pero reduce plantilla.
Cierre: La empresa cierra definitivamente y extingue todos los contratos.
En ambos casos la indemnización es la misma: 20 días/año.
Otros tipos
La información se basa en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de Procedimiento Laboral. Los cálculos son orientativos. Para casos específicos, consulta con un abogado laboralista o tu sindicato.